EDITORIAL
SUBORDINACIÓN Y CONSTANCIA
Las Fuerzas Armadas (FF.AA.), es una Institución uniformada del Estado Boliviano, que tiene por finalidad el bien común y defensa
de todos sus habitantes. Enmarcado en la Constitución Política del Estado
Plurinacional, Art. 244 dice defender y conservar la independencia, seguridad y
estabilidad del Estado, su honor y soberanía. Y el Art. 245 la organización de
las fuerzas armadas descansa en su jerarquía y disciplina. Es esencialmente
obediente, no delibera y está sujeta a las leyes y a los reglamentos militares.
Como organismo institucional no realiza acción política.
Institución con una organización vertical, que cuenta
con su Ley Orgánica Nro. 1.405, de 20 de diciembre de 1963, a la que hacen
referencia los señores suboficiales y sargentos como una ley "caduca".
Que se alejaría de la realidad actual, porque dentro de la institución sienten vulnerados
sus derechos. Por lo que se pide descolonizar la Institución armada.
Se puede observar que existe una seria división en su
interior entre Oficiales de "alta y baja" Graduación. En consecuencia
resultaron en movilizaciones por las calles de La Paz, manifestaciones que
contaron con una inimaginable concurrencia de efectivos uniformados de baja graduación
marchando, lanzando estribillos en contra de su Alto Mando. Pidiendo exponer
sus preocupaciones directamente con el presidente del Estado.
Olvidando por completo la subordinación, la organización
vertical y haciendo a un lado al mando único. Al observar la nueva Constitución
Plurinacional a la cual hace referencia nuestro mandatario indica en su Art.
24, Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva,
sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el
ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del
peticionario.
Art. 14. I. Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con
arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Constitución,
sin distinción alguna.
II. El Estado prohíbe y sanciona toda forma de
discriminación. Todos tenemos gozamos y ejercemos condiciones de igualdad, de
derechos de toda persona. Y el más importante V. Las leyes bolivianas se aplican a todas las personas, naturales
o jurídicas, bolivianas o extranjeras, en el territorio boliviano.
Con estos artículos al hacer referencia a las fuerzas
Armadas, como Institución Pública por qué no tendrían que contar con estos
derechos como habitantes. Sería bueno dejar a un lado el egocentrismo entre
bolivianos y mejor fortalecernos en un clima de paz y seguridad. Estableciendo
una nueva sociedad fuera de restricciones arcaicas, con el objetivo del
desarrollo Estatal. Para el beneficio de nuestras sociedades futuras.
El gobierno está separando a las fuerzas Armadas,
dejando expresar a sus comandantes su ideología en público. Olvidando que ellos
tienen camaradas del baja graduación que son como sus hijos; que al ver que sus
padres y forjadores pueden identificarse con el gobierno ellos también quieren
hacerlo y solo exigen sus derechos.
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Iván, varias veces dije que no hay coma entre sujeto y verbo.
ResponderBorrarLas Fuerzas Armadas (SUJETO) son (VERBO) una Institución uniformada del Estado Boliviano. Su misión está enmarcada en la Constitución Política del Estado Plurinacional, artículo 244: "defender y conservar la independencia, seguridad y estabilidad del Estado, su honor y soberanía". El artículo 245 señala su estructura: "la organización de las fuerzas armadas descansa en su jerarquía y disciplina. Es esencialmente obediente, no delibera y está sujeta a las leyes y a los reglamentos militares. Como organismo institucional no realiza acción política".